Buenas queremos
dar inicio a nuestro Blog "CONVENCIÓN
COLECTIVA", comentando que el legislador
define la convención colectiva de trabajo como “la que se celebra entre uno o
varios patronos o asociaciones patronales, por una parte, y uno o varios
sindicatos o federaciones sindicales de trabajadores, por la otra, para fijar
las condiciones que regirán los contratos de trabajo durante su vigencia” (art.
467 del C.S.T.).
Y de
acuerdo con el Código de Trabajo (Capítulo III, artículo 54), la convención
colectiva es un acuerdo que se celebra entre uno o varios sindicatos de
trabajadores y sus respectivos empleadores para reglamentar las condiciones en que
el trabajo deba prestarse y las demás materias relativas a éste.
Hay que
decir que la importancia de una convención colectiva es garantizar una adecuada
relación laboral y resistente. Pues indudablemente la realidad del campo de
trabajo indica que, regularmente, existen manejos y vicios que disminuyen los
derechos del laborante, como: extensión arbitraria de la jornada laboral (sin
retribución y sin consideración de las fuerzas físicas y psíquicas del
trabajador), escamoteo de pagos (cesta-ticket, bonos), la no inscripción en el
seguro social obligatorio, pagos por debajo del salario mínimo y otras
situaciones. Por ello es tan importante la celebración de un contrato colectivo
que garantice la seguridad social de cada trabajador, buenas condiciones de
trabajo, además de estipular la jornada laboral.
En definitiva el patrono o la empresa, así como el
Sindicato de Trabajadores, responderán por las obligaciones que hayan contraído
en virtud de la realización de una “convención colectiva de trabajo”.

saber que existen las Convenciones Colectivas de trabajo nos da la idea de cierta serie de disposiciones, con vocación de permanencia en el tiempo, instituidas para regular las relaciones de trabajo individual en la empresa; en virtud de dichas disposiciones se establecen anticipadamente y en forma abstracta las estipulaciones que regirán las condiciones individuales para la prestación de los servicios.
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